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sábado, 5 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 5/2026, así como el Voto Particular de la señora Ministra Sara Irene Herrerías Guerra.

PODER JUDICIAL SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION 10 min de lectura 49 lecturas

"La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucionales diversos artículos de la Ley de Ingresos del Municipio de Durango para 2026, que establecían cobros por derechos de acceso a la información y derechos ARCO, así como multas por faltas administrativas vagamente redactadas. La sentencia ordena eliminar estos cobros y sanciones, y da al Congreso local 60 días para corregir las normas, garantizando la gratuidad del derecho a la información."

resolucion

medio

La declaratoria de invalidez surte efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso del Estado de Durango. No se especifica fecha exacta en el texto.

ciudadanos gobierno contribuyentes
La SCJN declaró inconstitucionales los cobros por ejercer el derecho de acceso a la información y los derechos ARCO en el municipio de Durango, por violar el principio de gratuidad.
Se invalidaron multas por 'escándalos', 'palabras obscenas' y 'molestar con anuncios' por ser vagas y dar discrecionalidad a la autoridad.
La declaratoria de invalidez surte efectos a partir de la notificación al Congreso; mientras tanto, los servicios de información deben prestarse sin cobro.
El Congreso de Durango tiene 60 días naturales para subsanar las normas invalidadas, conforme a los parámetros de la sentencia.
El municipio de Durango debe notificar a las autoridades recaudadoras y unidades de transparencia para que no apliquen los cobros.
La sentencia se publicará en el DOF, el Periódico Oficial del Estado y el Semanario Judicial de la Federación.

Al municipio de Durango, Durango, y sus autoridades recaudadoras, así como al Congreso del Estado de Durango, que deberá legislar nuevamente. También afecta a quienes pretendían cobrar por servicios de información.

A los ciudadanos y cualquier persona que solicite información pública o ejerza sus derechos ARCO ante el municipio de Durango, pues ya no tendrán que pagar cuotas. También beneficia a quienes podrían ser multados por conductas vagamente definidas.

Garantiza el derecho fundamental de acceso a la información sin costo, fortaleciendo la transparencia.
Elimina multas arbitrarias que podrían usarse para reprimir la libertad de expresión.
Obliga al Congreso a legislar con mayor precisión y respeto a los derechos humanos.
El municipio de Durango podría enfrentar una reducción en sus ingresos por la eliminación de estas cuotas.
La nueva legislación que emita el Congreso podría no resolver completamente los problemas, generando incertidumbre.
El plazo de 60 días podría ser insuficiente para una revisión exhaustiva.
Si resides en Durango y te han cobrado por solicitudes de información o derechos ARCO, puedes exigir que no se te cobre con base en esta sentencia.
Las autoridades municipales deben abstenerse de aplicar los cobros y multas declarados inválidos.
El Congreso de Durango debe trabajar en una nueva legislación dentro de 60 días naturales para cumplir con la sentencia.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió la acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Ingresos del Municipio de Durango para el ejercicio fiscal 2026, publicada en diciembre de 2025. La CNDH argumentó que los cobros por acceso a la información y derechos ARCO violaban el artículo 6° constitucional, que establece la gratuidad de este derecho. Además, las infracciones por faltas administrativas estaban redactadas de manera ambigua, lo que permitía a la autoridad aplicarlas de forma discrecional. La SCJN, en su papel de tribunal constitucional, analizó el caso y determinó que efectivamente eran inconstitucionales, estableciendo un precedente importante para otros municipios.

¿Qué derechos ARCO se ven afectados por esta sentencia?

Los derechos ARCO son Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de datos personales. La sentencia invalida los cobros por ejercer estos derechos ante el municipio de Durango.

¿Desde cuándo no se pueden cobrar las cuotas por información?

A partir de la notificación de la sentencia al Congreso del Estado de Durango. Mientras tanto, los servicios deben prestarse sin cobro.

¿Qué pasa con las multas ya aplicadas por estas infracciones?

La sentencia declara la invalidez de los artículos, por lo que las multas impuestas con base en ellos podrían ser impugnadas, pero el texto no especifica efectos retroactivos.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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