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sábado, 5 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

CIRCULAR Modificatoria 4/26 de la Única de Seguros y Fianzas.

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"La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) actualizó los índices de reclamaciones pagadas y gastos de administración del mercado afianzador, que las aseguradoras deben usar para valuar la reserva de fianzas en vigor cuando no cuentan con información propia. Esta modificación al Anexo 5.15.3 de la Circular Única de Seguros y Fianzas entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF."

circular

medio

2026-07-11: Entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, es decir, el 11 de julio de 2026.

empresas sector financiero
Se modifican los índices de reclamaciones pagadas para fianzas de fidelidad, judiciales, administrativas y de crédito.
Se actualizan los índices anuales de gastos de administración para los mismos ramos.
Las instituciones que no tengan información propia deberán usar estos índices para calcular la reserva de fianzas en vigor.
La circular entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.
La modificación fue emitida por la CNSF el 10 de julio de 2026.

Instituciones de seguros y fianzas que no cuenten con información suficiente para valuar sus reservas de fianzas en vigor.

El mercado asegurador y afianzador al contar con parámetros actualizados para una valuación más precisa.

Actualización de parámetros que reflejan mejor la realidad del mercado.
Proporciona certeza a las instituciones que no tienen datos propios.
Contribuye a una valuación más precisa de las reservas técnicas.
Las instituciones deberán ajustar sus procesos y sistemas para incorporar los nuevos índices.
Posibles variaciones en el monto de reservas que podrían afectar la situación financiera de algunas instituciones.
Las instituciones de fianzas deben revisar y aplicar los nuevos índices en sus cálculos de reservas.
Verificar que sus sistemas de valuación estén actualizados con los nuevos porcentajes.
Consultar el Anexo 5.15.3 modificado para conocer los valores exactos.

La Circular Única de Seguros y Fianzas establece los lineamientos para la operación de instituciones de seguros y fianzas en México. El Anexo 5.15.3 proporciona parámetros de mercado para valuar la reserva de fianzas en vigor cuando las instituciones carecen de información propia. La CNSF revisa y actualiza estos índices periódicamente para reflejar cambios en el comportamiento de siniestralidad y gastos del mercado.

¿Qué es la reserva de fianzas en vigor?

Es una reserva técnica que las instituciones de fianzas deben constituir para hacer frente a las obligaciones futuras derivadas de las fianzas emitidas.

¿Quiénes deben usar estos índices?

Las instituciones de fianzas que no cuenten con información oportuna, homogénea, confiable y suficiente para calcular sus propias reservas.

¿Cuándo entra en vigor esta modificación?

Al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, el 11 de julio de 2026.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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