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sábado, 5 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 55/2025, así como el Voto Particular de la señora Ministra Lenia Batres Guadarrama.

PODER JUDICIAL SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION 10 min de lectura 45 lecturas

"La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la suspensión automática del derecho a trabajar en corporaciones de seguridad pública o fuerzas armadas como pena adicional en el Código Penal de Tamaulipas, por violar el principio de proporcionalidad de las penas. La decisión, con efectos retroactivos, protege los derechos laborales de los sentenciados y establece un precedente para otras entidades."

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2025-03-29: La declaración de invalidez surte efectos retroactivos al 29 de marzo de 2025, a partir de la notificación al Congreso del Estado de Tamaulipas.

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La SCJN declaró inválida la porción 'y en su caso, la suspensión del derecho para ejercer actividades en corporaciones de seguridad pública o de las fuerzas armadas' del artículo 426 del Código Penal de Tamaulipas.
La reforma fue publicada el 28 de marzo de 2025 mediante el Decreto 66-266.
La acción de inconstitucionalidad fue promovida por la CNDH el 28 de abril de 2025.
La sentencia establece que la pena viola el principio de proporcionalidad del artículo 22 constitucional por falta de parámetros claros.
La invalidez tiene efectos retroactivos al 29 de marzo de 2025, desde la notificación al Congreso estatal.
Se ordena notificar a diversas autoridades judiciales y de procuración de justicia en Tamaulipas.

A las autoridades del estado de Tamaulipas, incluyendo el Congreso, el Poder Ejecutivo, la Fiscalía General de Justicia, el Tribunal Superior de Justicia y los juzgados federales, que deberán ajustar sus criterios y procesos. También afecta a personas sentenciadas bajo esa norma, quienes podrían ver modificadas sus penas.

Personas sentenciadas por delitos en Tamaulipas que hubieran sido afectadas por la suspensión automática del derecho a trabajar en seguridad pública o fuerzas armadas, así como a la sociedad en general al fortalecer el principio de proporcionalidad de las penas.

Protege el derecho al trabajo y la reinserción social de los sentenciados.
Refuerza el principio de proporcionalidad de las penas en el sistema judicial mexicano.
Genera certeza jurídica al eliminar una sanción ambigua.
Podría generar la necesidad de revisar múltiples casos ya sentenciados, lo que implica carga administrativa.
Algunos sectores podrían considerar que debilita las sanciones para delitos graves.
La retroactividad podría complicar procesos penales en curso.
Si eres parte de una corporación de seguridad en Tamaulipas, verifica si alguna sentencia incluye esta suspensión y consulta a un abogado.
Autoridades judiciales deben revisar casos donde se haya aplicado esta pena para ajustarlos a la nueva resolución.
El Congreso de Tamaulipas debe legislar nuevamente sobre el tema, si lo considera necesario, respetando los principios constitucionales.

La acción de inconstitucionalidad 55/2025 fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra una reforma al Código Penal de Tamaulipas que añadía la suspensión del derecho a trabajar en corporaciones de seguridad pública o fuerzas armadas como pena accesoria. La CNDH argumentó que esta sanción era desproporcionada y violaba el artículo 22 constitucional. El Pleno de la SCJN, en sesión del 9 de marzo de 2026, determinó que la norma carecía de parámetros objetivos para su aplicación, generando incertidumbre jurídica. La sentencia incluye un voto particular de la Ministra Lenia Batres Guadarrama. Este fallo se suma a otros precedentes de la Corte en materia de proporcionalidad de penas y derechos humanos.

¿Qué implica la declaración de inconstitucionalidad?

Que la porción normativa del artículo 426 del Código Penal de Tamaulipas que suspendía automáticamente el derecho a trabajar en seguridad pública o fuerzas armadas queda sin efecto, por violar el principio de proporcionalidad de las penas.

¿Desde cuándo tiene efectos la sentencia?

La invalidez tiene efectos retroactivos al 29 de marzo de 2025, es decir, desde la entrada en vigor del decreto impugnado, pero solo a partir de la notificación al Congreso de Tamaulipas.

¿A quién aplica esta sentencia?

Aplica a cualquier persona que haya sido sentenciada bajo esa norma en Tamaulipas, así como a las autoridades que deban aplicar la ley en esa entidad.

¿Qué debe hacer una persona afectada?

Consultar con un abogado para evaluar si su caso puede ser revisado y solicitar la modificación de su sentencia conforme a esta resolución.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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