OFICIO 500-05-00-00-00-2026-16121 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación.
"El SAT publicó el listado global definitivo de contribuyentes que no lograron desvirtuar la presunción de haber emitido comprobantes fiscales sin activos, personal, infraestructura o capacidad material, conforme al artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. Esto implica que dichos contribuyentes son considerados formalmente como factureros de operaciones simuladas, con graves consecuencias fiscales."
Tipo
aviso
Impacto
alto
Vigencia
El listado es definitivo y surte efectos a partir de su publicación en el DOF, sin perjuicio de los medios de defensa que puedan interponerse.
Esto afecta a
Puntos clave
⚠️ Sectores afectados
Contribuyentes que aparecen en el listado definitivo, así como aquellos que hayan utilizado sus comprobantes fiscales, pues podrían ser considerados como beneficiarios de operaciones simuladas.
👍 Impactos Positivos
👎 Desafíos o Riesgos
Qué hacer ahora
Contexto y Antecedentes
El artículo 69-B del CFF faculta al SAT para presumir la inexistencia de operaciones cuando los contribuyentes emiten comprobantes sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material. El procedimiento incluye notificación individual, plazo de 15 días para desvirtuar, y si no se logra, se publica el listado definitivo. Este mecanismo busca combatir la evasión fiscal y las operaciones simuladas.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el listado global definitivo del artículo 69-B del CFF?
Es la publicación oficial del SAT de los contribuyentes que no lograron desvirtuar la presunción de haber emitido comprobantes fiscales sin capacidad material, lo que los ubica como factureros de operaciones simuladas.
¿Qué consecuencias tiene aparecer en este listado?
Las consecuencias incluyen la presunción de inexistencia de operaciones, lo que puede generar créditos fiscales, multas y la inhabilitación para emitir CFDI, además de posibles delitos fiscales.
¿Puedo impugnar mi inclusión en el listado?
Sí, los contribuyentes pueden interponer medios de defensa como el recurso de revocación o juicio contencioso administrativo, aunque el listado se considera definitivo.
¿Qué pasa si usé comprobantes de una empresa que aparece en el listado?
Si utilizaste comprobantes de un contribuyente listado, podrías ser considerado como beneficiario de operaciones simuladas, por lo que deberías revisar tu situación fiscal y considerar acciones correctivas.
Documento Oficial
Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito
Escrito por
DeepSeek automático
Análisis asistido por IA con revisión editorial individual
Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.
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