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sábado, 5 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

OFICIO 500-05-00-00-00-2026-21168 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación.

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO 10 min de lectura 41 lecturas

"El SAT publicó el listado global definitivo de contribuyentes que no desvirtuaron la presunción de haber emitido comprobantes fiscales sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material, conforme al artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. Esto implica que dichos contribuyentes son considerados definitivamente como factureros de operaciones simuladas, con graves consecuencias fiscales."

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El listado es definitivo y surte efectos a partir de su publicación en el DOF, sin que se especifique una fecha de término.

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El SAT da a conocer el listado global definitivo de contribuyentes que no desvirtuaron la presunción de emitir comprobantes sin capacidad material.
La publicación se realiza con fundamento en el artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF.
Los contribuyentes incluidos no presentaron pruebas ni manifestaciones en el plazo de 15 días hábiles.
El listado incluye nombres, denominaciones o razones sociales de los contribuyentes.
La inclusión en este listado tiene efectos legales, como la presunción de inexistencia de operaciones.
El oficio y sus anexos son parte integrante del documento publicado en el DOF.

Contribuyentes incluidos en el listado, así como quienes hayan emitido o recibido comprobantes de estos, pues podrían ser considerados como operaciones simuladas.

Combate la evasión fiscal y el uso de facturas falsas.
Da certeza jurídica a las autoridades y contribuyentes cumplidos.
Fomenta la transparencia en las operaciones comerciales.
Puede afectar a contribuyentes que no tuvieron oportunidad de defenderse adecuadamente.
Genera incertidumbre para quienes hayan realizado operaciones con los listados.
El listado puede tener errores o incluir a contribuyentes que sí tenían capacidad material.
Revisar si tu empresa o proveedores aparecen en el listado.
Si apareces, consultar con un contador o abogado fiscal para evaluar opciones legales.
Si tienes operaciones con contribuyentes listados, verificar la autenticidad de los CFDI y considerar denunciar o corregir declaraciones.

El artículo 69-B del CFF faculta al SAT a presumir la inexistencia de operaciones cuando los contribuyentes emiten comprobantes sin activos, personal, infraestructura o capacidad material. El proceso incluye un oficio de presunción, un plazo de 15 días para desvirtuar, y si no se hace, se publica un listado definitivo. Este mecanismo busca combatir la evasión fiscal y las operaciones simuladas.

¿Qué es el listado global definitivo del artículo 69-B?

Es una publicación del SAT que da a conocer a los contribuyentes que no desvirtuaron la presunción de haber emitido comprobantes sin capacidad material, por lo que se consideran definitivamente como factureros de operaciones simuladas.

¿Qué consecuencias tiene aparecer en este listado?

Las consecuencias incluyen la presunción de inexistencia de operaciones, lo que puede generar créditos fiscales, multas y posible responsabilidad penal.

¿Puedo impugnar mi inclusión en el listado?

Sí, se puede impugnar mediante los medios de defensa disponibles, como el recurso de revocación o juicio contencioso administrativo, siempre que se acredite la capacidad material.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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