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sábado, 5 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

OFICIO 500-05-00-00-00-2026-21472 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación.

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO 10 min de lectura 41 lecturas

"El SAT publicó el listado global definitivo de contribuyentes que no lograron desvirtuar la presunción de haber emitido comprobantes fiscales sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material, conforme al artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. Esto implica que dichos contribuyentes son considerados formalmente como empresas fantasma o simuladoras de operaciones, con graves consecuencias fiscales."

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El listado tiene efectos a partir de su publicación en el DOF, y las consecuencias fiscales aplican desde la notificación individual a cada contribuyente.

contribuyentes empresas gobierno
El SAT da a conocer el listado global definitivo de contribuyentes que no desvirtuaron la presunción de emitir comprobantes sin capacidad material.
El listado se publica en cumplimiento del artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF.
Los contribuyentes incluidos tendrán efectos legales como la presunción de operaciones simuladas y la imposibilidad de deducir o acreditar sus comprobantes.
El oficio incluye anexos con los nombres y datos de los contribuyentes, así como las fechas de notificación.
La publicación en el DOF es parte del procedimiento legal para dar certeza y publicidad al listado.

Contribuyentes incluidos en el listado definitivo, así como quienes hayan utilizado sus comprobantes fiscales, pues podrían perder deducciones o acreditamientos.

Combate la evasión fiscal y la facturación falsa.
Da certeza jurídica a las autoridades y contribuyentes sobre quiénes son considerados simuladores.
Protege la recaudación y promueve la formalidad.
Puede afectar a contribuyentes que hayan actuado de buena fe y que no pudieron desvirtuar la presunción por falta de asesoría.
Genera incertidumbre para quienes hayan realizado operaciones con los listados, pues podrían perder deducciones.
El proceso puede ser complejo y requerir asesoría legal especializada.
Revisar si tu empresa aparece en el listado y, en su caso, acudir con un contador o abogado fiscal para evaluar acciones legales.
Si has utilizado comprobantes de contribuyentes listados, verifica su validez y considera corregir tu situación fiscal.
Mantente informado sobre actualizaciones del SAT respecto a este listado.

El artículo 69-B del CFF faculta al SAT para presumir la inexistencia de operaciones cuando los contribuyentes emiten comprobantes sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material. El procedimiento incluye notificación individual, plazo de 15 días para desvirtuar, y si no se logra, se publica el listado definitivo. Este mecanismo busca combatir la evasión y la facturación falsa.

¿Qué es el listado del artículo 69-B del CFF?

Es un listado público de contribuyentes que el SAT presume que emitieron comprobantes fiscales sin contar con la capacidad material para realizar las operaciones, y que no lograron desvirtuar esa presunción.

¿Qué consecuencias tiene aparecer en este listado?

Los contribuyentes listados son considerados como simuladores de operaciones, por lo que sus comprobantes no tienen validez fiscal y pueden enfrentar multas y otras sanciones.

¿Qué debo hacer si aparezco en el listado?

Es recomendable buscar asesoría fiscal y legal para evaluar las opciones de defensa, como presentar recursos o juicios ante las autoridades correspondientes.

¿Qué pasa si usé comprobantes de un contribuyente listado?

Podrías perder la deducción o acreditamiento de esos comprobantes, por lo que es importante revisar tus operaciones y, en su caso, corregir tu situación fiscal.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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