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sábado, 5 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 149/2024, así como el Voto Particular de la señora Ministra Lenia Batres Guadarrama.

PODER JUDICIAL SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION 10 min de lectura 49 lecturas

"La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional que el ISSSTEZAC condicione el pago de prestaciones a su capacidad financiera, pero avaló la reducción del aguinaldo de 60 a 30 días para pensionados en Zacatecas. La sentencia protege el derecho a la seguridad social y establece límites a la austeridad en materia de obligaciones de seguridad social."

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La sentencia surte efectos a partir de su notificación, y la invalidez de los artículos 128 y 128 Bis tiene efectos generales, sin retroactividad.

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La SCJN declaró inconstitucionales los artículos 128 y 128 Bis de la Ley del ISSSTEZAC, que supeditaban el otorgamiento de prestaciones a la capacidad financiera del instituto.
Se reconoció la validez del artículo 74, que redujo el aguinaldo de pensionados de 60 a 30 días, al considerar que no viola el derecho a la seguridad social.
La acción fue promovida por el Poder Ejecutivo Federal contra la reforma publicada en agosto de 2024 en Zacatecas.
La sentencia incluye un voto particular de la Ministra Lenia Batres Guadarrama.
El fallo establece que las obligaciones de seguridad social no pueden estar sujetas a la disponibilidad presupuestal.

Al gobierno del estado de Zacatecas y al ISSSTEZAC, que deberán ajustar su operación para garantizar el pago de prestaciones sin condicionarlas a su capacidad financiera. También afecta a los pensionados que verán reducido su aguinaldo a 30 días.

A los trabajadores y pensionados del ISSSTEZAC, pues se protege el derecho a la seguridad social al impedir que las prestaciones dependan de la situación financiera del instituto.

Protege el derecho a la seguridad social de los trabajadores y pensionados.
Impide que la falta de recursos sea excusa para no cumplir con las obligaciones de seguridad social.
Da certeza jurídica sobre los límites de la austeridad en materia de prestaciones.
La reducción del aguinaldo a 30 días representa una pérdida económica para los pensionados.
El ISSSTEZAC podría enfrentar dificultades financieras para cumplir con sus obligaciones sin condicionarlas.
La sentencia no resuelve el problema de fondo del financiamiento del instituto.
El ISSSTEZAC debe revisar sus finanzas y presupuesto para garantizar el pago de prestaciones sin condicionarlas.
Los pensionados de Zacatecas deben estar atentos a los cambios en el cálculo de su aguinaldo.
Las autoridades estatales deben adecuar la ley a los lineamientos de la SCJN.

La reforma a la Ley del ISSSTEZAC, publicada en agosto de 2024, buscaba reducir el aguinaldo de pensionados y condicionar las obligaciones del instituto a su capacidad financiera, en un contexto de crisis financiera. El Ejecutivo Federal impugnó estas medidas por considerar que vulneraban el derecho a la seguridad social. La SCJN, en su resolución, distinguió entre la reducción de una prestación (aguinaldo) y el condicionamiento de obligaciones, declarando inconstitucional esto último.

¿Qué es una acción de inconstitucionalidad?

Es un recurso legal que permite impugnar leyes o normas que se consideran contrarias a la Constitución. En este caso, el Ejecutivo Federal la promovió contra la reforma a la Ley del ISSSTEZAC.

¿Qué significa que se declare la invalidez de los artículos 128 y 128 Bis?

Que esas disposiciones quedan sin efecto, por lo que el ISSSTEZAC ya no puede condicionar el pago de prestaciones a su capacidad financiera.

¿Cuánto recibirán de aguinaldo los pensionados de Zacatecas?

Según la sentencia, se mantiene la reducción a 30 días, por lo que recibirán la mitad de lo que antes les correspondía.

¿Esta sentencia aplica a otros estados?

No, solo aplica a Zacatecas, pero sienta un precedente importante para casos similares en otras entidades.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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