AVISO mediante el cual se informa la publicación del Acuerdo por el que la persona Titular de la Dirección Jurídica del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, delega en las personas servidoras públicas de las subdirec
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AVISO mediante el cual se informa la publicación del Acuerdo por el que la persona Titular de la Dirección Jurídica del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, delega en las personas servidoras públicas de las subdirecciones que le son adscritas, las facultades que se indican.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de México.- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
FELIPE DE JESÚS ZERMEÑO NÚÑEZ, Director Jurídico del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con fundamento en los artículos 4, fracción I, inciso f); 24, 50, primer y tercer párrafos, 51, fracciones I y V, y 59, del Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y
CONSIDERANDO
Que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (en adelante Instituto o ISSSTE) es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1º., 3º., fracción I, y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1º., 5º. y 11 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y 5 y 207 de la Ley del ISSSTE.
Que en términos de lo dispuesto en el artículo 4, fracción I, inciso f), del Estatuto Orgánico del ISSSTE, el Instituto cuenta para la planeación, organización, dirección y control de los asuntos y el debido cumplimiento de sus fines, con la Unidad Administrativa denominada Dirección Jurídica, cuyas atribuciones generales y específicas se prevén en los artículos 51 y 59 de dicho ordenamiento legal.
Que el artículo 50, primer y tercer párrafos del Estatuto Orgánico del ISSSTE, establece que las personas Directoras de las Unidades Administrativas se auxilian para el ejercicio de sus atribuciones entre otros por sus Subdirectores (as), así como que las facultades previstas en dicho ordenamiento legal para cada Dirección o Titular pueden ser delegadas a las personas servidoras públicas bajo su mando, en términos del acuerdo delegatorio correspondiente, que se publique en el Diario Oficial de la Federación.
Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 59 del Estatuto Orgánico del ISSSTE, la Dirección Jurídica cuenta con las facultades para representar al Instituto y sus Unidades Administrativas para defender sus intereses, patrimonio y derechos ante los Tribunales, Agentes Ministeriales, Autoridades Administrativas y cualquier otro tipo de autoridad jurisdiccional, Federal o Estatal; ejercitar los derechos, las acciones legales o gestiones extrajudiciales que le competan, desistirse de las acciones intentadas o de los recursos interpuestos o dejar de interponer los que las leyes le concedan, cuando se trate de asuntos que puedan afectar al erario federal, así como para emitir opiniones de carácter legal, a efecto de que los actos jurídicos y administrativos del Instituto se emitan conforme a las disposiciones legales.
Que con la finalidad de agilizar la sustanciación, notificaciones y resoluciones en cualquier proceso jurídico en que el Instituto sea parte, con motivo de la representación y defensa de sus intereses, patrimonio y derechos, ante cualquier autoridad administrativa, judicial, jurisdiccional y no jurisdiccional federal, estatal o municipal, ejercitar los derechos, las acciones legales o gestiones extrajudiciales que le competan, desistirse de las acciones intentadas o de los recursos interpuestos o dejar de interponer los que las leyes le concedan, cuando se trate de asuntos que puedan afectar al erario federal, así como para emitir opiniones de carácter legal para que los actos jurídicos y administrativos del ISSSTE se emitan conforme a las disposiciones legales; es conveniente delegar las facultades establecidas en el artículo 59 del Estatuto Orgánico del ISSSTE, en las personas Titulares de las Subdirecciones adscritas a la Dirección Jurídica, indistintamente, siendo estas las Subdirecciones de lo Contencioso, de lo Consultivo y de Notariado y Bienes Inmuebles, sin perjuicio de ejercerlas directamente cuando resulte necesario, en los términos señalados por el propio acuerdo.
Que el 2 de julio de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por
Fuente: Diario Oficial de la Federación.
Para efectos legales, consulte el texto original.
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