jueves, 12 de marzo de 2026

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ACUERDO E/JGA/19/2026 por el que se da la autorización de los Lineamientos de Austeridad y Disciplina Presupuestaria del Tribunal Federal de Justicia Administrativa para el ejercicio fiscal 2026

TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA PARA EL EJERCICIO FISCAL 4 lecturas

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Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
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Contribuyentes, contadores y asesores fiscales

Sectores regulados que obtengan certeza jurídica con estas disposiciones

👍
Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Fortalece la transparencia y la rendición de cuentas
👎
Su implementación requiere difusión adecuada para asegurar el conocimiento de los obligados
Podría requerir regulación secundaria para su correcta aplicación

Análisis generado por IA con fines informativos

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Esta publicación se enmarca en Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y las disposiciones legales aplicables, que es el ordenamiento principal que regula la materia. Este documento fue emitido por TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA PARA EL EJERCICIO FISCAL, dependencia responsable de la regulación en esta materia dentro de la administración pública federal.

ACUERDO E/JGA/19/2026 por el que se da la autorización de los Lineamientos de Austeridad y Disciplina Presupuestaria del Tribunal Federal de Justicia Administrativa para el ejercicio fiscal 2026

ACUERDO E/JGA/19/2026 por el que se da la autorización de los Lineamientos de Austeridad y Disciplina Presupuestaria del Tribunal Federal de Justicia Administrativa para el ejercicio fiscal 2026.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.

ACUERDO: E/JGA/19/2026
AUTORIZACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026
CONSIDERANDOS
1. Que de conformidad con el artículo 73, fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionado con el artículo 1 párrafos segundo, quinto, sexto y séptimo, fracción I de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (el Tribunal) es un órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena; el presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para el Tribunal, se ejercerá con autonomía y conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y las disposiciones legales aplicables, bajo los principios de legalidad, certeza, independencia, honestidad, responsabilidad y transparencia. Su administración será eficiente para lograr la eficacia de la justicia administrativa bajo el principio de rendición de cuentas. Dicho ejercicio deberá realizarse con base en los principios de honestidad, responsabilidad, eficiencia, eficacia, transparencia, rendición de cuentas, austeridad, racionalidad y bajo estos principios estará sujeto a la evaluación y control de los órganos correspondientes. Ejercerá directamente su presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados, sin sujetarse a las disposiciones emitidas por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y, de Anticorrupción y Buen Gobierno (antes Secretaría de la Función Pública).
2. Que de conformidad con el artículo 16, fracción II, de la Ley Orgánica del Tribunal, es facultad del Pleno General aprobar el proyecto de presupuesto del Tribunal con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y enviarlo a través del Presidente del Tribunal a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su incorporación en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, en los términos de los criterios generales de política económica y conforme a los techos globales de gasto establecidos por el Ejecutivo Federal.
3. Que de conformidad con el artículo 21, de la Ley Orgánica del Tribunal en relación con el diverso 28, primer párrafo, apartado B, fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal, la Junta de Gobierno y Administración (la Junta) es el órgano del Tribunal, que tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional por lo que contará, con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones, entendiéndose por Administración la actividad para la correcta y adecuada planeación, organización, operación y control de las áreas del Tribunal que correspondan a sus competencias.
4. Que de conformidad con el artículo 23, fracciones II, XIV y XXVI de la Ley Orgánica del Tribunal corresponde a la Junta expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal; acordar la distribución de los recursos presupuestales conforme a la Ley Orgánica en cita y el presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados, dictar las órdenes relacionadas con su ejercicio en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y supervisar su legal y adecuada aplicación; así como dirigir la buena marcha del Tribunal dictando las medidas necesarias para el despacho pronto y expedito de los asuntos administrativos del Tribunal y aplicar las sanciones que correspondan.
5. Que de conformidad con el artículo 4, párrafo quinto de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Tribunal, dentro del margen de la autonomía presupuestal que le otorga su Ley Orgánica, contará con una unidad de administración encargada de planear, programar, presupuestar, en su caso establecer medidas para la administración interna, controlar y evaluar sus actividades respecto al gasto público.
6. Que el artículo 29, primer párrafo del Reglamento Interior del Tribunal establece que los acuerdos que apruebe y
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Para efectos legales, consulte el texto original.

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